miércoles, 19 de enero de 2011

Beneficios fiscales en San Luis Potosí

Subsidios del 100%, 75% y 50% en impuestos sobre nóminas y servicios de hospedaje al regularizarse oportunamente

Si es contribuyente en San Luis Potosí y regulariza sus adeudos de ISN e ISH obtendrá beneficios fiscales (foto: Petr Kratochvil)
Si es contribuyente en San Luis Potosí y regulariza sus adeudos de ISN e ISH obtendrá beneficios fiscales (foto: Petr Kratochvil)

Las autoridades fiscales del Estado de San Luis Potosí otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que regularicen su situación fiscal de los adeudos que tengan en materia de Impuesto sobre Nóminas (ISN) y/o Impuesto sobre Servicios de Hospedaje (ISH), los cuales se describen a continuación.

Contribuyentes que regularicen su situación fiscal a partir del:

  • 1 de diciembre de 2010 y hasta el 31 de enero de 2011 se otorga subsidio equivalente al 100% de los recargos y multas impuestas en los términos de la legislación fiscal estatal, siempre que dicho pago se haga en una sola exhibición. Si el pago se hace parcializando el adeudo correspondiente el porcentaje de subsidio será equivalente a un 50%, en el entendido de que el interesado no estará obligado a garantizar el interés fiscal
  • 1 de febrero de 2011 y hasta el 31 de marzo de 2011 se otorga subsidio equivalente al 75% de los recargos y multas impuestas en los términos de la legislación fiscal estatal, siempre que dicho pago se haga en una sola exhibición. Si el pago se hace parcializando el adeudo correspondiente, el porcentaje de subsidio será equivalente a un 37.5%, en el entendido de que el interesado no estará obligado a garantizar el interés fiscal
  • 1 de abril de 2011 y hasta el 31 de mayo de 2011 se otorga subsidio equivalente al 50% de los recargos y multas impuestas en los términos de la legislación fiscal estatal, siempre que dicho pago se haga en una sola exhibición. Si el pago se hace parcializando el adeudo correspondiente, el porcentaje de subsidio será equivalente a un 25%, en el entendido de que el interesado no estará obligado a garantizar el interés fiscal

En el caso de que se opte por parcializar el adeudo, el plazo máximo no podrá exceder de 18 meses.

En aquellos créditos fiscales que estén siendo pagados a plazo en los términos del artículo 36 del Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí, el descuento será sobre el saldo insoluto de los recargos y multas que se adeuden, en el entendido de que las autoridades fiscales en ningún caso estarán obligadas a devolver cantidad alguna por concepto de recargos y multas ya pagadas.

Las facilidades administrativas y beneficios fiscales antes descritas no liberan a los contribuyentes de otras obligaciones tributarias, Federales o Estatales de ejercicios anteriores no incluidas en el presente acuerdo ni los exime de satisfacer la totalidad de los requisitos y documentos que exijan las Autoridades Fiscales para tener acceso al presente acuerdo.

Fuente: Acuerdo Administrativo que concede Estímulos Fiscales a aquellos contribuyentes que regularicen su situación fiscal de adeudos en materia de Impuesto sobre Nóminas y/o Impuesto sobre Servicios de Hospedaje

Articulo publicado en idc

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