martes, 15 de febrero de 2011

Estímulo fiscal por pago de colegiaturas

Estímulo fiscal por pago de colegiaturas
El Ejecutivo Federal, con el objetivo de lograr una cobertura y permanencia en el sistema educativo nacional y en apoyo a las familias mexicanas, otorga el siguiente estímulo fiscal:

Beneficiarios

Estímulo

Condición

Personas físicas por los pagos de colegiaturas, efectuados para:

· sí mismo

· su cónyuge o concubino (a)

· sus ascendientes o sus descendientes en línea recta

Sólo si cualquiera de ellos no percibe durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año

Consistente en la deducción delpago de las colegiaturas de preescolar, primaria, secundaria y educación media superior a efecto de determinar la base para el cálculo del impuesto sobre la renta

Se aplicará a los pagos por los servicios proporcionados a partir del 1o de enero de 2011.

Que los pagos:

· se hagan en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial

· cubran sólo los servicios de enseñanza del alumno

· se realicen con cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios

No aplica:

· en inscripción o reinscripción

· cuando las personas indicadas cuenten con becas o cualquier otro apoyo económico público para pagar los servicios de enseñanza, por el monto de ellos

La cantidad a deducir por cada persona será de conformidad con los límites siguientes:

Nivel educativo

Límite anual de deducción

Preescolar

$14,200.00

Primaria

$12,900.00

Secundaria

$19,900.00

Profesional técnico

$17,100.00

Bachillerato o su equivalente

$24,500.00

Vigencia: A partir del 16 de febrero de 2011.

Fuente: Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas en relación con los pagos por servicios educativos (DOF del 15 de febrero de 2011, SHCP).